La Ley 5/1990, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, no permite publicidad visible desde las redes viarias primaria y secundaria, así como el PTI (Plan Territorial Insular) de Ibiza tampoco permite publicidad en suelo rústico. Por ello, desde esta sección se llevan a cabo los procedimientos de reestablecimiento de legalidad de nuestras carreteras.
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