La sección de Litoral tiene encomendada la emisión de informes y la autorización de obras, instalaciones y actividades en la zona de servidumbre de protección prevista por la Ley 22/1988, de 23 de julio, de Costas, en los suelos urbanos y urbanizables o categorías equivalentes. También ejerce la función inspectora y de la potestad sancionadora en el mismo ámbito. La competencia la ejerce el consejero ejecutivo.
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