Ordenación del territorio (PTI)

Ordenación del territorio (PTI)

Competencias del Consell d'Eivissa en ordenación del territorio

El Consell de Eivissa tiene las competencias en ordenación del territorio que le otorga la Ley 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de ordenación del territorio (BOIB núm. 32, de 15 de mayo).

La citada ley atribuye al Consell de Eivissa, con carácter de propias, y en el marco de lo dispuesto en la legislación de ordenación territorial, las competencias relativas a la elaboración y aprobación del Plan Territorial Insular, de determinados planes directores sectoriales y de las normas territoriales cautelares que precedan a la formulación, revisión o modificación de dichos instrumentos.

El Plan territorial de Eivissa

En este marco competencial, y siguiendo lo establecido por la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias, el Consell aprobó el 21 de marzo de 2005 (publicado en el BOIB núm. 50, de 31 de marzo) el Plan Territorial Insular de Eivissa que es el instrumento general de ordenación del territorio de la isla de Eivissa, sus islotes adyacentes y sus aguas interiores.

Posteriormente, mediante acuerdo plenario del Consell Insular de Eivissa de día 15 de mayo de 2019, se aprobó definitivamente la Modificación número 1 del Plan Territorial Insular de Eivissa (PTIE), la cual se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) número 67, de 18 de mayo de 2019. La entrada en vigor de la modificación aprobada definitivamente se produce a partir del día siguiente a dicha publicación, sin perjuicio de los efectos derivados del acuerdo de su aprobación inicial , en los términos legalmente establecidos.

Respecto de toda la documentación, hay que tener presente el contenido de la Sentencia 719/2008, de 9 de diciembre de 2008, del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, que anuló la Norma 27.2.a) del Plan territorial insular y por lo tanto se excluyen como áreas de desarrollo urbano los sectores urbanizables siguientes: Sector 14 del PGOU de Sant Antoni de Portmany y sectores 1:23, 2.2, 4.17, 4.18, 5.5 y 5.7 del suelo apto para urbanizar de las NNSS de Sant Josep de sa Talaia. En consecuencia, los terrenos correspondientes a estos sectores excluidos quedan sometidos al régimen urbanístico correspondiente a la clasificación de suelo rústico, con la categoría que corresponda, en aplicación automática de la disposición adicional duodécima de Ley 6/1999, de 3 de abril, de las directrices de ordenación territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias. En aplicación de esta sentencia, se adoptó el acuerdo del Pleno del Consell Insular de Eivissa de 26 de abril de 2017, de ejecución de la sentencia de la Sala Contenciosa Administrativa del TSJIB, núm. 719, de 9 de diciembre de 2008, en relación con el recurso contencioso administrativo número 448/2005 (BOIB núm. 51, de 29/04/2017).

En el apartado de trámites y documentación encontrará los documentos integrantes del Plan territorial insular de Eivissa actualmente aplicables, entre los que está el texto consolidado (a título informativo y sin valor jurídico) y la cartografía vigente de las series de mapas 1 a 5. También encontrará la documentación del diagnóstico para la revisión del Plan territorial.

Competencias del Consell de Eivissa en planeamiento urbanístico

Por otra parte, la Ley 9/1990, de 20 de junio, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de urbanismo y habitabilidad otorga las competencias de aprobación definitiva de determinadas figuras de planeamiento municipal al Consell de Eivissa. La resolución de estos expedientes corresponde a la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico de Eivissa (CIOTUPHA).

Diagnóstico previo a la Revisión del Plan territorial insular

El Plan territorial insular de Eivissa aprobado definitivamente el 21 de marzo de 2005 (y publicado en el BOCAIB núm. 50, de 31 de marzo), establece en su norma 4, que cuando hayan transcurrido 10 años desde su aprobación definitiva, procederá su revisión. Por este motivo se inició el procedimiento de revisión y en 2017 se adjudicó la empresa consultora Centro de Observación y Teledetección Espacial, SAU (COTESA) la elaboración del "Diagnóstico territorial previo a la revisión del Plan Territorial Insular de Eivissa".

Los trabajos tienen como objetivo el conocimiento de los procesos de base territorial (en un sentido muy amplio) en la isla de Eivissa y pretenden ser un punto de partida para la generación de consensos sobre el futuro insular, que se plasmarán en la Revisión del vigente Plan territorial insular.

Una vez que han finalizado los trabajos de elaboración del diagnóstico previo a la Revisión del Plan territorial insular de Eivissa, la documentación generada se pone a disposición del público para que todo aquel que lo desee pueda hacer aportaciones o sugerencias. De este modo, a través de la participación ciudadana, se podrá completar y mejorar el conocimiento de los procesos territoriales.

Si desea hacer aportaciones o realizar comentarios a la documentación del Diagnóstico de la Revisión del Plan territorial insular de Eivissa, puede hacerlo al siguiente correo electrónico: revisioPTI@conselldeivissa.es.

En el documento adjunto (en pdf) se encuentra una tabla con la relación de documentos elaborados por la empresa consultora Centro de Observación y Teledetección Espacial, S.A.U (COTESA), correspondientes a las tres fases en que se han dividido los trabajos:

  • Fase 1 (dividida en 14 análisis sectoriales y sus documentos integrantes),
  • Fase 2 (actualización del diagnóstico integrado del vigente Plan territorial),
  • Fase 3 (diagnóstico territorial propositivo)

En el siguiente documento encontrará toda la documentación referida y pulsando sobre el respectivo código CSV se iniciará la descarga del documento en su navegador web.

Documentación Plan Territorial insular de Ibiza

A continuación hay enlazados los documentos del Plan territorial de Ibiza. Los documentos se descargarán en vuestro navegador clicando sobre el enlace.

Documentación

Cartografía

Instrucciones Técnicas de la CIOTUPHA

Documento marco para la realización de los catálogos municipales de caminos

A solicitud del Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias, Ordenación Turística y Lucha contra el Intrusismo, la empresa Centmans Societat Cooperativa ha elaborado un informe técnico y legal que establecerá el marco de actuación para  elaborar los catálogos municipales de caminos en Ibiza. En su redacción han participado especialistas en derecho, geografía, topografía, historia y etnología local. Este documento marco fue ratificado por el Consejo de Alcaldes celebrando el pasado mes de noviembre.

Su principal objetivo es promover la realización de los catálogos municipales de caminos, con el fin de dar respuesta a la necesidad de administrar la extensa red viaria rural ibicenca y a la obligación legal de inventariar los bienes públicos municipales. Se trata de una demanda conocida por todo tipo de actores sociales y políticos.

Aunque los ayuntamientos ibicencos realizan notables esfuerzos para mejorar y mantener en buen estado los caminos de cada municipio, deben bregar con retos como la privatización de algunas vías públicas, el abandono de una parte de los caminos históricos o la necesidad de regulación de las actividades de tiempo libre.

Un catálogo municipal de caminos es el estudio informativo que pretende contribuir a dar una respuesta integral a la protección y la gestión de la red viaria rural. Incide fundamentalmente en tres aspectos: la titularidad de las vías rurales, sus valores patrimoniales y su interés excursionista.

La metodología propuesta en el Documento marco, que será común a todos los municipios, se fundamenta en la atención a las peculiaridades y a la costumbre de Ibiza, el trabajo como informadores locales, el estudio de un amplio abanico de posibilidades de fuentes documentales y el uso de sistemas de información geográfica.

Con la elaboración de los catálogos municipales de caminos públicos, se estará actuando por cumplir la legislación vigente, ofrecer seguridad jurídica, defender el patrimonio común, evitar conflictos, ordenar los usos viarios y mejorar la eficiencia de la administración. También representa una oportunidad colectiva para la construcción colectiva de un territorio más equilibrado.
 

Documentos
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